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Sellos PJLas devoluciones de ingresos por los sellos del timbre electrónicos que no se usarán en los trámites para los cuales fueron adquiridos, se solicitan en la ONAT del municipio donde reside el ciudadano que los compró y, si es contribuyente, en la que está inscrito.

Para solicitar la devolución de los ingresos por concepto de los sellos o series digitales, la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) informa que deben cumplirse los requisitos establecidos para este trámite en la Ley No.113 del Sistema Tributario y el Decreto 308 Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios.

Dichos requisitos, son básicamente los siguientes:

  1. Presentar en la ONAT municipal un escrito de solicitud impreso y firmado por el adquiriente donde deben constar:
    • Su nombre y apellidos, domicilio legal, o sea la dirección de residencia según el carnet de identidad y el número de este. Si es contribuyente, informará su Número de Identificación Tributaria (NIT). Además, se incluirán la referencia del aporte al Presupuesto del Estado, es decir, el importe pagado en sellos digitales cuya devolución se está solicitando; la fecha en que se hizo la compra, la vía utilizada (Transfermóvil o establecimientos de Correos de Cuba), los trámites para los cuales se adquirieron, así como las causas por las que no se usarán que a su vez constituyen el motivo por el cual se pide la restitución del dinero empleado en comprarlos.

Los contribuyentes que poseen firma o certificado digital pueden enviar el PDF de la solicitud de devolución firmada con su P12, a través del correo electrónico de consultas de la ONAT municipal. Las direcciones de todas las oficinas se encuentran en la sección Contacto del portal. (Dé clic sobre el enlace azul para acceder)

  1. Entregar los documentos que acreditan el pago cuya devolución se solicita, o sea, el código digital entregado por la Empresa de Correos, si se compró el por esta vía, o el comprobante electrónico emitido por Transfermóvil que se almacena en la carpeta PAGOXMOVIL del celular, en caso de que la persona haya adquirido la especie mediante la popular aplicación de ETECSA.

La ONAT asegura que las oficinas se organizan y están trabajando para tramitar de forma ágil las solicitudes, a fin de favorecer que la devolución se haga en el menor tiempo posible.

Los sellos del timbre físicos y digitales son la forma de pago del Impuesto sobre Documentos (ISD) que grava la mayoría de los trámites que realizan la población y las entidades.

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ingresos personales y sellos de timbre

 

Una herramienta que calcula los tributos que las empresas estatales y las unidades presupuestadas retienen a sus trabajadores, cumpliendo con lo establecido en la Resolución 41 de 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, MFP, está publicada y lista para usar en la sección Descargas/Modelos y Formularios del Portal Tributario.

La citada herramienta fue elaborada en Microsoft Excel por la Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT, y se denomina Hoja de trabajo para cálculo de retenciones del Impuesto sobre Ingresos Personales y Contribución Especial a la Seguridad Social Sector Estatal y Presupuestado.

Este archivo Excel calcula automáticamente los tributos, cuando se coloca el monto total correspondiente a las remuneraciones que las entidades estatales pagan a sus trabajadores y están gravadas por los mencionados tributos.

Dentro de dichas remuneraciones se incluyen las salariales, la distribución de utilidades y otras no salariales recibidas por el trabajador como resultado de su trabajo, así como las pagadas al personal vinculado a los programas y proyectos de la Ciencia.

Aunque constituye una facilidad creada para que las empresas y unidades presupuestadas calculen los mencionados tributos y sepan lo que tienen que retener a cada trabajador, al publicarla en el portal, la ONAT facilita igualmente que cualquier asalariado que lo desee pueda descargar y usar esta herramienta para conocer cuánto se le descontará y planificar su economía doméstica.

La citada Resolución 41 del MFP fue publicada en la Gaceta Ordinaria No. 20 de 2023 y es posible obtenerla en la sección Legislación del portal.

Estos tributos tienen que ser aportados mensualmente al Presupuesto del Estado por las empresas y unidades presupuestada en los términos y de la manera siguiente:

  • La CESS es retenida y aportada por del párrafo 082023 “Contribución Especial de Trabajadores a la Seguridad Social. Retenciones” del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado, dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.
  • El Impuesto sobre los Ingresos Personales se retiene y aporta dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, mediante el párrafo 052042 “Impuesto sobre Ingresos Personales–Trabajadores”.

Facilitar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias es uno de los objetivos principales de la ONAT, y esta herramienta que ahora promocionamos y ponemos a disposición de los contribuyentes está hecha justo a la medida de esa misión institucional.

¡Esperamos que les sea de mucha utilidad!

Comentarios recientes:

  • Desde el este apostamos por el autoabastecimiento
    Empresa Provincial de Alojamiento Guantánamo 06.10.2022 16:14
    Buenas tardes, puede comunicarse por el 21352081 o 2074 con el buró de reservaciones para realizar su reservación, de lunes a viernes entre las 9:00am-12:00m y las 2:00pm-5:00pm, los sábados hasta las 12:00m.

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  • Información COVID-19 en Guantánamo.
    Ricardo 02.03.2021 12:01
    Alentadores resultados pero creo que ya se bajó la guardia, veo muchas personas transitando en grupos y de noche los grupos de niños, jóvenes, y menos jóvenes en las esquinas hasta tarde en la noche, y bajar la guardia fue lo que hizo se complicara ...

    Leer más...

     
  • CAPITULO II de los Elementos Comunes
    Adlerix 08.01.2021 17:26
    Dando respuesta a su asunto le comunicamos que la Resolucion No. 4/91 Reglamento General de los Edificios Multifamiliares en el Capitulos I en su Articulo 3 refiere : El propietario de una vivienda ubicada en un edificio multifamiliar tiene derecho ...

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