Contratación Colectiva Optativa

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Forma de contratación colectiva con beneficios adicionales dentro de los que se encuentran:
  • El establecimiento de tarifas y sumas uniformes para todo el grupo asegurado con independencia de la edad de cada miembro integrante.
  • Abaratamiento de las primas a pagar.
  • Doble Indemnización por Muerte Accidental: en caso de muerte del Asegurado por un accidente cubierto por la póliza, la Aseguradora pagará a los beneficiarios o herederos el doble de la suma de seguro contratada en las Condiciones Particulares.
  • Se cubren los gastos farmacéuticos sin costo de prima adicional y sin previa presentación de facturas o comprobantes, La Aseguradora garantiza al Asegurado una suma única de cincuenta (50) pesos por los gastos farmacéuticos incurridos durante el período de reposo o rehabilitación, como consecuencia de un accidente o enfermedad cubierta por la póliza.
Requisitos para la contratación Colectiva Optativa: